Mujeres indígenas del pueblo Maya Ch’orti’ decidieron demandar a Guatemala por el derecho humano a la alimentación de sus hijas e hijos y de su comunidad. Han logrado demostrar ante un juez que es el Estado el responsable por omitir y vulnerar derechos.
Norma Sancir/marzo de 2018.
Mabelita, Mayra, Leonel, Bryan y Dina, representados por sus madres, cuatro mujeres indígenas Mayas Ch´orti´, del municipio de Camotán, departamento de Chiquimula Guatemala, demandaron en 2012 al Estado de Guatemala por violar sus derechos humanos. La acción judicial, y también política, se enmarcó en la campaña Guatemala sin Hambre, realizada por organizaciones que trabajan por el desarrollo rural.
El Juzgado de la Niñez y la Adolescencia y Adolescentes en Conflicto resolvió, en el año 2.013, a favor de dos niños y tres niñas, concluyendo que ha habido una violación al derecho humano a la alimentación, a la vida, a un nivel de vida adecuado, a la salud y a la vivienda. Según las pruebas, las criaturas presentaban daños físicos y psicológicos provocados por la desnutrición aguda.
En la sentencia, el juez responsabiliza al Estado de Guatemala por omisión y por no contar con programas y políticas que eviten problemas de salud por desnutrición crónica en la población infantil y le ordena, a través de medidas cautelares, garantizar una vida digna para los menores. La sentencia cuentan con 28 medidas y ocho instituciones del Estado deben cumplir la ejecución.
La asociación indígena Campesina Ch´orti´ Nuevo Día es una organización que acompaña y monitorea la ejecución de las sentencias. Lesly Ramírez, nutricionista y quien acompaña a las mujeres desde el inicio del proceso, concluye que el proceso ha dado un giro: las mujeres son revictimizadas porque el Estado no ha cumplido con las sentencias y aún, cinco años después, no hay restitución de derechos. “En las mujeres existe frustración pues los derechos que están en papel no son reales”, explica.
Guatemala, una población diversa
En Guatemala actualmente conviven 22 pueblos de descendencia Maya; pueblos originarios con sus propios idiomas, cultura, espiritualidad y organización comunitaria. El pueblo indígena Maya Ch´orti´, se encuentra ubicado en el departamento de Chiquimula y Zacapa, en la región seca del país, golpeada por sequías constantes, consecuencia del cambio climático. Además, esta población ha afrontado la discriminación racial y desigualdad. Las mujeres rurales son las más vulnerables, entre otras cosas porque tienen poco acceso a servicios básicos y a la participación en espacios públicos y de decisiones. Se considera socialmente que la baja escolaridad de las mujeres no puede aportar al desarrollo de su comunidad. En este contexto, cuatro valientes mujeres defensoras de Derechos Humanos decidieron llevar un proceso penal en contra del Estado de Guatemala, desafiaron los estereotipos y roles de la mujer rural. Pues se presume que no deben reclamar derechos, actualmente los conocen y demandan. De hecho, Lesly Ramírez concluye que las mamás demandantes tenían poca noción sobre el tema de derechos y tampoco tenían un planteamiento de reclamación.
Angelina Raymundo, una de las demandantes, recuerda que cuando iniciaron el proceso tenían temor de no saber hablar o expresarse: “Cuando iniciamos a ir a las audiencias me sentí alegre, pensé que iba ser realidad. Pero no se ha logrado mucho, he llevado a mi hija a exámenes, la citan pero no se avanza en las demás medidas, pero sigo con ánimo. Ahora puedo enseñar a otras mujeres a que defendamos nuestros derechos, antes no sabía lo que se decía de ellos”.
Para María Díaz, lideresa en su comunidad de Cañon Tisipe, en Camotán, Chiquimula, la organización comunitaria de las mujeres ha sido uno de los resultados de estos procesos: “Nos dimos cuenta que el Estado también tiene la obligación de no dejarnos, por eso hay tanto niño desnutrido. Con estas demandas ganadas, el centro de salud se ha puesto alerta en el alimento de los niños. La denuncia que hicieron las compañeras ayudó, porque ellos no velaban por las comunidades. Antes nosotras no sabíamos que teníamos derechos”.
La Constitución de la República de Guatemala, en sus dos primeros artículos, manifiesta que “el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia” siendo su fin supremo la realización del bien común y recoge que es deber del Estado “garantizar a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona”. Además, el Estado ha firmado tratados y convenciones internacionales que protegen a la niñez.
Cristian Otzin, abogado de la Asociación de Abogados y Notarios Mayas de Guatemala, asociación que litiga casos de violación de derechos de pueblos indígenas, valora las sentencias como un avance en la judicialización de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. “Esta sentencia sienta jurisprudencia y deja un precedente, demostrando también la valentía de esta acción impulsada por mujeres indígenas Mayas Ch´orti´”. Según Otzin, existe un marco jurídico nacional y leyes internacionales que marca la obligación del Estado de Guatemala a respetar y garantizar el derecho humano a la alimentación. “Esta sentencia refuerza la leyes, un juez le recuerda al Estado su obligación y cómo cumplir; le indica el camino y la ruta a la mujeres de la población Maya Ch´orti´, para que no se siga violando sus derechos”, añade el abogado.
Cinco años han transcurrido desde que el tribunal dictó sentencia a favor de dos niños y tres niñas, responsabilizando al Estado de Guatemala por la violación de sus Derechos Humanos. Sin embargo, para Mabelita no fue posible tener derecho a la vida: el 14 de agosto de 2.017 falleció por una complicación en su salud; no logró ganarle a la desnutrición.
Las mujeres del pueblo Maya Ch´orti´ continuarán demandando su derecho a la vida, esperando que el Estado ejecute y cumpla con la sentencias que le brindaran derecho a la salud, educación, alimentación y vivienda; Derechos Humanos integrales que pueden darle una vida adecuada a los niños y niñas Maya Ch´orti´ de Camotán, Chiquimula, Guatemala.
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